domingo, 9 de febrero de 2014

¿Psicólog@s fuera de juego?

A petición de much@s de vosotr@s, os hacemos llegar una versión abreviada del proceso de regulación de la Psicología Clínica y de la Salud, sus principales implicaciones y consecuencias.


¿Psicólog@s fuera de juego?
Situación actual de miles de profesionales de la Psicología Clínica y de la Salud en España



Escrito en agosto de 2013:

El quid de la cuestión: La última regulación legal de la Psicología Clínica y de la Salud en nuestro país prevé inhabilitar legalmente el ejercicio a miles de profesionales que tienen la formación necesaria incluso contando con años de experiencia.

En los inicios de la formación de la profesión en España (mediados del s.XX), una formación universitaria de 4 años era requisito suficiente para ejercer como profesional de la Psicología en el ámbito de la salud. Actualmente, con las últimas modificaciones legales y futuras previstas, se prevé una reforma que alarga la formación de psicólogo sanitario a 6 años (para los generalistas) y 10 años (para los especialistas): 4 años de Grado, 2 años de Máster y —previo examen, con 135 plazas anules para 3.500 candidatos— 4 años más de P.I.R. (Psicólogo Interno Residente).

A partir de octubre de 2014, la legislación vigente inhabilitará el ejercicio profesional en el ámbito de la salud de los/as psicólogos/as que no hayan realizado la formación de psicólogo interno residente o un nuevo máster de psicología sanitaria (previsto para el curso 2012-2013 pero inexistente a día de hoy). Desde hace unos meses, para los psicólogos que cumplen ciertos requisitos de formación sanitaria, se ha abierto un periodo de habilitación temporal que les permite seguir abriendo consultas privadas de psicología como centros sanitarios (no se sabe qué validez tendrá esta situación más allá de octubre de 2014). Para conseguir esta habilitación y realizar los trámites necesarios, os recomendamos que os pongáis en contacto con el Colegio Oficial de Psicólogos de vuestra comunidad.

Como estudiantes y profesionales comprendemos que se esté llevando a cabo una regulación de la formación necesaria para el ejercicio profesional, pero estamos en gran desacuerdo con la manera en que se ha llevado y se está llevando a cabo. Por un lado, miles de estudiantes empezaron una carrera universitaria que les ofrecía unas salidas profesionales que les fueron y les están siendo vetadas sin previo aviso. ¿Por qué no se ha planteado en ninguna ocasión aplicar los cambios legales de la formación a los nuevos estudiantes (previamente informados) como se ha hecho en otras profesiones? Por otro lado, miles de profesionales nos encontramos ante el planteamiento de una inhabilitación legal —y los perjuicios derivados― aunque en su día realizamos los estudios necesarios para la habilitación profesional, incluso con formación de máster o doctorado. ¿Por qué no se ha planteado un proceso de homologación para quienes cumplimos la formación y/o la experiencia necesaria/s?

¿Qué estamos diciendo?

Dirigido a profesionales: Habiendo estudiado la Licenciatura de Psicología, incluso cursando el itinerario Clínico y de la Salud, ¿estaré obligado a hacer este nuevo máster? Si no estoy en posesión del título de especialista en Clínica, ¿tendré que cambiar de profesión?

Dirigido a usuari@s: Si mi actual psicólogo o psicóloga se encuentra en esta situación, ¿tendré que cambiar obligatoriamente de profesional?

La respuesta es SÍ en todos los casos (al menos es el planteamiento político y legal actual).

¿Qué pretendemos?

Nuestros objetivos son dos principalmente: el primero, dado el desconocimiento generalizado que nos consta, hacer llegar esta información a tantas personas como podamos, por lo que pedimos tu ayuda para la difusión de este escrito; el segundo, crear una red para velar por nuestros intereses, ya sea como estudiantes, profesionales y/o usuarios.


Actualización: febrero de 2014

En los últimos meses ha habido mucho silencio respecto a la regulación de nuestra profesión. Recientemente han aparecido los primeros másteres en Psicología General Sanitaria y se ha confirmado la intención de que el MPGS sea un requisito para el acceso al PIR, lo cual, como ya preveíamos el año pasado alarga la formación de psicólogo clínico a 10 años.

Respecto al acercamiento de la fecha límite de inhabilitación (octubre 2014) y la incertidumbre sobre la situación de inseguridad jurídica de miles de profesionales, el C.O.P. ha informado de una posible prórroga de la habilitación transitoria. Acción previsible dado que el máster se inicia con 2 años de retraso y, por tanto, actualmente no hay ninguna posibilidad viable de legalizar la situación profesional.
No entendemos por qué esta noticia se está planteando como una posible solución cuando lo que se propone es una ampliación de la habilitación.


Última hora

Precisamente mientras acabamos estas líneas, leemos una nota informativa publicada en Infocop sobre la presentación de una propuesta que “reconozca los derechos adquiridos por los psicólogos que, en la actualidad, desarrollan su labor en el ámbito sanitario [deben estar inscritos en el registro sanitario], y se encuentran acogidos a la regulación transitoria dispuesta en la Ley de Economía Social lo que posibilitará que estos profesionales puedan seguir realizando actividades sanitarias una vez expire el período transitorio marcado por esta Ley (a saber, el 6 de octubre de 2014)”.

Quedamos a la espera de los detalles de esta nueva información —especialmente los relacionados con las funciones profesionales― que consideramos, sin duda, un primer paso positivo en la regulación definitiva de miles de profesionales de la Psicología Sanitaria en nuestro país.


Ahora más nunca es importante que todos los psicólogos y psicólogas estén en conocimiento de esta situación, ¿nos ayudas?

¿Está… tu psicólog@ en riesgo?

Para más información:

Twitter: @psicoregulacion #tupsicologoenriesgo #tupsicologaenriesgo

1 comentario:

  1. Gracias por la información. Al fin alguien que aborda el tema con claridad.

    ResponderEliminar