A petición de much@s de vosotr@s, os hacemos llegar una versión
abreviada del proceso de regulación de la Psicología Clínica y de la Salud, sus
principales implicaciones y consecuencias.
¿Psicólog@s fuera de juego?
Situación actual de
miles de profesionales de la Psicología Clínica y de la Salud en España
Escrito en agosto de 2013:
El quid de la cuestión: La última regulación legal de la Psicología Clínica y de la Salud en
nuestro país prevé inhabilitar legalmente el ejercicio a miles de profesionales
que tienen la formación necesaria incluso contando con años de experiencia.
En los inicios de la formación de la
profesión en España (mediados del s.XX), una formación universitaria de 4 años
era requisito suficiente para ejercer como profesional de la Psicología en el
ámbito de la salud. Actualmente, con las últimas modificaciones legales y
futuras previstas, se prevé una reforma que alarga la formación de psicólogo
sanitario a 6 años (para los generalistas) y 10 años (para los especialistas):
4 años de Grado, 2 años de Máster y —previo examen, con 135 plazas anules para
3.500 candidatos— 4 años más de P.I.R. (Psicólogo Interno Residente).
A partir de octubre de 2014, la legislación
vigente inhabilitará el ejercicio profesional en el ámbito de la salud de
los/as psicólogos/as que no hayan realizado la formación de psicólogo interno
residente o un nuevo máster de psicología sanitaria (previsto para el curso 2012-2013
pero inexistente a día de hoy). Desde hace unos meses, para los psicólogos que
cumplen ciertos requisitos de formación sanitaria, se ha abierto un periodo de
habilitación temporal que les permite seguir abriendo consultas privadas de psicología
como centros sanitarios (no se sabe qué validez tendrá esta situación más allá
de octubre de 2014). Para conseguir esta habilitación y realizar los trámites
necesarios, os recomendamos que os pongáis en contacto con el Colegio Oficial
de Psicólogos de vuestra comunidad.
Como estudiantes y profesionales comprendemos
que se esté llevando a cabo una regulación de la formación necesaria para el
ejercicio profesional, pero estamos en gran desacuerdo con la manera en que se ha
llevado y se está llevando a cabo. Por un lado, miles de estudiantes empezaron
una carrera universitaria que les ofrecía unas salidas profesionales que les
fueron y les están siendo vetadas sin previo aviso. ¿Por qué no se ha planteado
en ninguna ocasión aplicar los cambios legales de la formación a los nuevos
estudiantes (previamente informados) como se ha hecho en otras profesiones? Por
otro lado, miles de profesionales nos encontramos ante el planteamiento de una
inhabilitación legal —y los perjuicios derivados― aunque en su día realizamos
los estudios necesarios para la habilitación profesional, incluso con formación
de máster o doctorado. ¿Por qué no se ha planteado un proceso de homologación para
quienes cumplimos la formación y/o la experiencia necesaria/s?
¿Qué estamos
diciendo?
Dirigido a profesionales: Habiendo estudiado la
Licenciatura de Psicología, incluso cursando el itinerario Clínico y de la
Salud, ¿estaré obligado a hacer este nuevo máster? Si no estoy en posesión del título
de especialista en Clínica, ¿tendré que cambiar de profesión?
Dirigido a usuari@s: Si mi actual psicólogo o
psicóloga se encuentra en esta situación, ¿tendré que cambiar obligatoriamente de
profesional?
La respuesta es SÍ en todos los casos (al
menos es el planteamiento político y legal actual).
¿Qué pretendemos?
Nuestros objetivos son dos principalmente: el
primero, dado el desconocimiento generalizado que nos consta, hacer llegar esta
información a tantas personas como podamos, por lo que pedimos tu ayuda para la
difusión de este escrito; el segundo, crear una red para velar por nuestros
intereses, ya sea como estudiantes, profesionales y/o usuarios.
Actualización: febrero de 2014
En los últimos meses ha habido mucho silencio
respecto a la regulación de nuestra profesión. Recientemente han aparecido los
primeros másteres en Psicología General Sanitaria y se ha confirmado la
intención de que el MPGS sea un requisito para el acceso al PIR, lo cual, como ya
preveíamos el año pasado alarga la formación de psicólogo clínico a 10 años.
Respecto al acercamiento de la fecha límite
de inhabilitación (octubre 2014) y la incertidumbre sobre la situación de
inseguridad jurídica de miles de profesionales, el C.O.P. ha informado de una
posible prórroga de la habilitación transitoria. Acción previsible dado que el
máster se inicia con 2 años de retraso y, por tanto, actualmente no hay ninguna
posibilidad viable de legalizar la situación profesional.
No entendemos por qué esta noticia se está
planteando como una posible solución cuando lo que se propone es una ampliación
de la habilitación.
Última hora
Precisamente mientras acabamos estas líneas,
leemos una nota informativa publicada en Infocop sobre la presentación de una propuesta que “reconozca los derechos adquiridos
por los psicólogos que, en la actualidad, desarrollan su labor en el ámbito
sanitario [deben estar inscritos en el registro sanitario], y se encuentran
acogidos a la regulación transitoria dispuesta en la Ley de Economía Social lo
que posibilitará que estos profesionales puedan seguir realizando actividades
sanitarias una vez expire el período transitorio marcado por esta Ley (a saber,
el 6 de octubre de 2014)”.
Quedamos a la espera de los detalles de esta
nueva información —especialmente los relacionados con las funciones
profesionales― que consideramos, sin duda, un primer paso positivo en la
regulación definitiva de miles de profesionales de la Psicología Sanitaria en
nuestro país.
Ahora más nunca es
importante que todos los psicólogos y psicólogas estén en conocimiento de esta situación,
¿nos ayudas?
¿Está… tu
psicólog@ en riesgo?
Para más información:
Twitter:
@psicoregulacion #tupsicologoenriesgo #tupsicologaenriesgo
Gracias por la información. Al fin alguien que aborda el tema con claridad.
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